Ratifican suspensión de diputada Celeste Amarilla.

Por 42 votos en contra y 36 a favor, la Cámara de Diputados rechazó el pedido de revocatoria de la sanción a Celeste Amarilla, en sesión extraordinaria de este martes.
El artículo 191 de la Constitución Nacional estipula que ningún miembro del Congreso puede ser acusado judicialmente por las opiniones que emita en el desempeño de sus funciones.
No obstante, el 190 señala que cada Cámara redactará su reglamento y que por mayoría de dos tercios podrá amonestar o a percibir cualquiera de sus miembros, por inconducta en el ejercicio de sus funciones, y suspenderlo hasta sesenta días sin goce de dieta.
Este punto fue el que tomaron los legisladores que reunieron mayoría para sancionar por dos meses a la diputada Celeste Amarilla.
La liberal afirmó semanas atrás que la gran mayoría de sus colegas financió su campaña política con dinero sucio. Esto despertó la ira de algunos sectore